Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, según lo establecido en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nro. 39-152, de fecha Dos (02) de Abril de 2009, Resolución 2009-0006, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: MARIA EUGENIA ALFONZO ZAMBRANO, en la forma siguiente: 1) En donde transcribieron el nombre invertido del PADRE de la solicitante como AFONZO RAMÓN MARTÍN debe decir RAMÓN AFONSO MARTÍN, que es lo correcto. 2) En cuanto al numero de cedula de identidad del PADRE, de la solicitante lo escriben cedula Nro. 8.132.861 debe decir cedula Nro. 81.322.861, que es lo correcto. 3) En cuanto al primero apellido de la solicitante lo colocaron con Z, incorrecto MARIA EUGENIA AFONZO ZAMBRANO, debe decir MARIA.....