En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, con fundamento a su libre convicción, basado en las regla de la lógica y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de Ley, administrando Justicia.NIEGA, la fórmula anticipada de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado RICHARD JOSE LÓPEZ MOLINA, portador de la cédula de identidad Nº V-15.3916.393, quien fue condeno a cumplir la pena de de DIEZ (10) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en los Artículos 458 y 376 del Código Penal, por no cumplir de forma concurrente con los requisitos establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para la fecha, así como las exigencias del artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. ASI SE DECIDE.
Regíst.....