En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede Tucacas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, peticionada por la Ciudadana MARISELA DE JESUS PÉREZ DE LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.735.692, actuando en su condición de Apoderada Judicial en nombre y representación de la ciudadana ARANTXA SOPHIA LOPEZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.772.463, según consta en poder especial otorgado ante la Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes estada Yaracuy bajo el Numero 40, Folios 287 del Tomo 5, debida.....