Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION del difunto GIUSEPPE BERTO NADALIN, padre del solicitante ciudadano LUIS BERTO CEDOLIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.643.953, y de este domicilio, en la forma siguiente: en donde colocaron el nacimiento del difunto GIUSEPPE BERTO NADALIN, el padre del solicitante como: TRAVESIO, debe decir: digñano (udine), el mes de nacimiento como DICIEMBRE, debe decir: FEBRERO; donde colocaron el numero de pasaporte del difunto como: 14-84-830, debe decir: 1484-830, donde colocaron el nombre de la madre del solicitante como: PASCUALE CEDDIN, debe decir: PASCUA CEDOLIN, y por ulti.....