Primero: La remisión de la presente causa transcurridos como hayan sido integramente los lapsos previstos en la norma adjetiva penal, relacionados con la interposición de cualquier medio impugnativo previsto en la ley, al Tribunal que corresponda su conocimiento, según sea el caso.
Segundo: En cuanto a la presente solicitud interpuesta por el Querellante y Víctima, del traslado del Acusado al Centro penitenciario, (internado Judicial de la Ciudad de Coro), esta Alzada deja expresa constancia de que lo relacionado con la ejecución de la sentencia es competencia del Tribunal de Ejecución, dictada por el Tribunal de Primera Instancia con funciones de Tercero de juicio, CONFIRMADA en esta Segunda Instancia, en contra del Acusado ALBERTO JOSE GARCIA GARCIA, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES O INNOBLES, en perjuicio de ZHAYANNE ALEXANDER MEDINA CHIRINOS, a cumplir la condena de QUINCE AÑOS de presidio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia.....