Por los fundamentos expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Sobreseimiento interpuesta en el presente asunto, por la Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Falcón, Abogada YURI ELINOR RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, en conformidad con lo dispuesto en el numeral 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano ciudadano TULIO JOSÉ ORDOÑEZ, sin identificación, en perjuicio de la ciudadana NELITZA JOSEFINA COLIN, por el delito deVIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 17 de la Ley Contra la Violencia a la Mujer y a la Familia. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes de la presente decisión.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. HILARIO R. TOYO ALVAREZ
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