Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario y del transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud, y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO solicitado por los ciudadanos: DARMIN WUILIAN LOPEZ CHIRINO Y ELIYUNETH YASMIN GOMEZ GONZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, de éste domicilio, identificados con las cedulas personal números: V-15.980.804 y V-13.934.586 respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio y de este domicilio MARINA CELIS VARGAS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 73.186, con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión quedara disuelto el matrimonio cesando la comunidad entre los cónyuges.-El acta de Matrimonio se encuentra asentada bajo el Nº 112, correspondiente al año 2007, de los Libros de.....