Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN CORO, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR CESE DE LAS MEDIDAS DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, interpuesta por el abogado MOISES TORRES a favor de su defendido KENDRY JESUS CAMPOS RIVERO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad V-24.718.435, nacido en fecha 22-04-1992, edad 18 años, de ocupación estudiante, domiciliado en calle sur con proyecto, sector curazaito, casa numero 10-A de color verde, al lado del preescolar, de esta Ciudad de Coro estado Falcón, numero telefónico: 02682526358; a quien le fue ordenado la apertura a juicio oral y público, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO; previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, ello con fundamento en el artículo 244, en concordancia con el artículo 250 del Código Orgánico P.....