DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colina y Petit, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONVERTIDO EN DIVORCIO la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, efectuada por los ciudadanos REINALDO JOSE JIMENEZ ARIAS Y ELEYMERARI MAHLYSABEL COLINA COLINA, ya identificados; decretada por este Tribunal en fecha 04/06/2012, según lo establecido en el Artículo 189 del Código Civil. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, por ante la Delegación de Asuntos Civiles de la Parroquia las Calderas, Municipio Colina, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el día 14/04/2.008, tal como se evidencia del Acta Nº 021. Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese el citado fallo. .....