Por todas las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ACUERDA, PRIMERO: La constitución del Tribunal de Juicio en forma UNIPERSONAL, en la causa seguida contra los acusados VICTOR RAMON MARIN LUGO, procedente de la Fisacalía Primera del Ministerio Público por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408 numeral 3° del Código Penal venezolano en perjuicio del ciudadano LUZ MARINA GOMEZ DE MARIN LUGO, todo con fundamento en el artículo 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal y el criterio vinculante del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de fecha 16 de Noviembre del año 2004, con ponencia del Magistrado JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO, sentencia 02-180.....