ESTE TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECLARA DESISTIDA LA ACUSACIÒN PRIVADA, interpuesta por el Abogado JULIO ENRIQUE TOVA BOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.137.840, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 60.903, domiciliado en la Avenida 1 con calle 1 de la Urbanización Monseñor Iturriza del Municipio Miranda del Estado Falcón; actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano NAGGY RICHANI SELMAN, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.764.111, con domicilio en la Urbanización Araguaney, calle Bolívar, chalet Nro. 3, Sector San Rafael de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Los Taques del Estado Falcón; representación judicial ésta que se evidencia de instrumento Poder otorgado ante la Notaria Pública de Punto Fijo, Mu.....