este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR la solicitud de de orden de aprehensión presentada por el Fiscal Décimo Auxiliar del Ministerio Público en contra del ciudadano: ALBENIS ORLANDO CHIRINOS, quien es venezolano, de 44 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 9.501.642, natural y residenciado en la Urbanización Monseñor Iturriza, calle al final vía ciudadela de esta ciudad de Coro Estado Falcón, por considerar que no concurren todos los supuestos previstos en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal exigidos por el legislador procesal para su procedencia. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 215 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítanse las actuaciones a la Fiscalía Décima del Ministerio Público. Cúmplase.
Regístrese, Publíq.....