Acto seguido, la Ciudadana Juez, expone: Oídas las exposiciones de las partes, y analizadas las actas policiales acompañadas al escrito presentado por la Representación Fiscal, evidenciándose del contenido de las mismas, la comisión de un hecho punible debiendo entonces proseguirse la presente causa, a los fines de establecer la verdad de los hechos explanados por la Representación Fiscal en el escrito presentado; ahora bien, por cuanto el joven presente no ha demostrado si efectivamente es adolescente o mayor de edad, éste Tribunal a los fines de lograr su identificación, acuerda su detención por el lapso de noventa y seis (96) horas, siendo que en el caso de que resultare identificado antes de dicho plazo, se procederá a trasladar al adolescente a la sede del tribunal, a los fines de lograr la identificación plena del adolescente y de imponer a su representante ordenar su libertad, previo a su traslado al tribunal a los fines de imponerle la le medida cautelar solicitada por la.....