En consecuencia este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público en contra de la ciudadana MARYLIN JOSEFINA HERNANDEZ y parcialmente las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público por ser legales, licitas, necesarias, y pertinentes para la celebración del Juicio Oral y Público, y admite totalmente las pruebas ofrecidas por la defensa por ser licitas, legales, necesarias y pertinentes para el juicio oral, de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales fueron especificadas anteriormente, se Ordena la apertura del Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al acusado MARYLIN JOSEFINA HERNANDEZ, ya identificada, de la comisión del Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Literal a), ordinal tercero del artículo 408 del Código Penal, en perjuicio de su .....