Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia por mandato expreso de Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad presentada por ciudadano Abg. DOMINGO URBINA, en su condición de Defensor Privado, actuando en representación del ciudadano MIGUEL ANTONIO PARTIDAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.349.039, de 22 años de edad, soltero, residenciado en el callejón Borregales Casa sin número del Barrio Bobare, acusado en la causa signada bajo el N° IP01-P-2004-000050, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se MODIFICA a partir del 29 de marzo de 2005 el RÉGIMEN DE PRESEN.....