En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 937, del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de CARLOS JOSE ROJAS, a los ciudadanos: TEODOLINDA CHIQUINQUIRA COLINA ROJAS (VIUDA), ISAAC ROSENDO ROJAS COLINA, CARLOS ERNESTO YUNIOR ROJAS COLINA, CARLIBETH YEXELIA ROJAS COLINA Y XXXXXXXXXXXXXX.-
Entréguesele el presente Original a los interesados, fórmese expediente con la copia certificada de la solicitud, los recaudos y el presente auto para el archivo del Tribunal, autorizándose a el Secretario Abogado: JOSE DANIEL CASTILLO LINAREZ, titular de la cédula de Identidad N° V- 17.639.951, para la certificación de las copias de conformidad con lo previsto en el artículo 112, del código de Procedimiento Civil. La presente .....