En consecuencia este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: Se decreta la extinción de la acción penal y por ende el SOBRESEIMIENTO de la presente causa que se instruye a los ciudadanos OMER RAMON MARIN, venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nro. 12.787.921, nacido en fecha 14-05-1974, de 36 años de edad, soltero, de profesión u oficio operador de equipos pesados, hijo de Ramón Medina y Elina Marin, natural de Maraven, residenciado en Punta Cardón, avenida Federación, casa sin número de color blanca, atrás de la salida de la parada de las busetas de Punta Cardón, Punto Fijo Estado Falcón y FABIO DAVID QUINTERO MOSQUERA, venezolano, títular de la cédula de identidad Nro. 10.974.671, nacido en fecha 12-09-72, de 38 años de edad, casado, de profesión u oficio TSU en Química, hijo de José Alberto Quintero y Aura Mosquera, r.....