En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Edgar García Salazar, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARILYS NAVAS ACOSTA, mediante diligencia de fecha 22 de noviembre de 2016.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia de fecha 15 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Coro, mediante la cual declaró la pérdida del interés del actor en la presente solicitud de INTERDICCIÓN CIVIL, interpuesta por el abogado Edgar García Salazar, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARILYS NAVAS ACOSTA. Se ORDENA la continuación de la causa en el estado en que se.....