Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA EL TRASLADO de los penados FELIX RAFAEL FAGUNDEZ VEGA y JESUS MIGUEL VERGARA ALBORNOZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad N° 16.461.685 y 17.589.168, respectivamente, ambos domiciliados en Sector Petare, calle La casona, Casa Sin Número, Caracas, Distrito Federal, al Internado Judicial del Rodeo, Caracas, Distrito Federal. Todo con fundamento en los artículos 19 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 479 y 481 del Código Orgánico procesal Penal en concordancia con los artículos 7 , 58 y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario. Se exhorta a un Tribunal Ejecutor del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas a los fines de su vigilancia y .....