En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD, incoada por la ciudadana NEXORIS NEULIS HERNANDEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.655.014, debidamente asistida por la abogada Katiuska Elena González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 101.836, en contra del ciudadano ERVIN EDUVIGIDO FONSECA GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.628.030, con relación a su menor hija la niña XXXXX, por lo que ambos progenitores de la niña, deberá seguir ejerciendo conjuntamente la Patria Potestad de ésta.
La presente decisión tiene su fundamento jurídico en l.....