Con mérito a las consideraciones antes señaladas, éste Tribunal de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola con Competencia en Materia de Jurisdicción Contencioso Administrativa (Servicios Públicos) de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, plantea de oficio REGULACIÓN DE COMPETENCIA, en consecuencia, se ordena remitir copia de las presentes actuaciones a la Sala de casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia por cuanto no existe Juzgado Superior Común entre los Tribunales declinante y declinado, a los fines de que resuelva sobre el Conflicto, y ASÍ SE DECIDE