Fue recibida por distribución de fecha veintidós (22) de mayo de dos mil veintitrés (2023), solicitud de Divorcio 185 (Desafecto) presentada por los ciudadanos SILVIA AMARU LUGO COLINA y ALEXIS ALTURO DIAZ GRANADILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.027.446 y 12.736.094, respectivamente, y la primera domiciliada en el sector José Meléndez, y el segundo domiciliado en el sector Urbanización San Antonio, ambos de la Población, Parroquia y Municipio Dabajuro del Estado Falcón, debidamente asistidos por la profesional del derecho NANCY RISCOS DE NAVA, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 189.606; en la cual manifiestan haber contraído matrimonio por ante la Prefectura del municipio