Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley por decisión, declara: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano NEOMAR JOSÉ SERRA ÁLVAREZ titular de la cédula de identidad N° 14.536.247, nacido en fecha 07/06/78, domiciliado en el sector las Viviendas del Barrio Federico Eckouth de Tucacas Estado Falcón por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO en perjuicio de JUAN MANUEL PEREIRA Y EL ESTADO VENEZOLANO previsto y sancionado en los artículo 408 ordinal 1° y 278 del Código Penal Venezolano, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena su libertad plena. Se exonera de costas al Estado Venezolano,.....