este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley se pronuncia de la siguiente manera: PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano ALEXIS RAFAEL GUERRA UZCATEGUI, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.102.115, de profesión u oficio chofer, residenciado: Urb. La Velita II, calle 18, casa N° 2, (en la casa hay una bodega que se llama Bodega Johan) hijo de José Ángel Guerra y Ofelia Uzctegui, por la comisión del delito DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN. SEGUNDO: Se condena al acusado a las accesorias de ley establecida en el artíc.....