Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Nulidad intentado por la sociedad mercantil sociedad mercantil GRUPO COORPORATIVO DE INGENIEROS ASOCIADOS H.M. C.A., contra el Acto Administrativo de efectos particulares dictado por la Inspectora del Trabajo de la ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, consistente en Providencia Administrativa Nº 06-01-2010, de fecha 12 de Enero de 2010, Expediente 053-2009-01-00253 que declaró CON LUGAR la solicitud de Reenganche y Pago de los Salarios Caídos incoada por el ciudadano HENRY RAMON CHIRINOS PENICHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.520.404, domiciliado en esta ciudad de Punto Fijo y Municipio Carirubana del Estado Falcón. SEGUN.....