En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Yolerma Josefina Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 191.121, actuando como apoderada judicial del ciudadano YBRAHIN YOEL GONZALEZ MALDONADO, mediante diligencia de fecha 13 de febrero de 2020.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 4 de febrero de 2020, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito, y Marítimo de de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró INADMISIBLE la QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, incoada por el ciudadano YBRAHIN YOEL GONZALEZ MALDONADO contra de las ciudadanas YAINI ALEXANDRA BELTRAN NUÑE.....