Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: EL ARCHIVO del presente asunto IP01-S-2004-004640, que se sigue en contra de los ciudadanos: ELADIO ANTONIO GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N ° 18.888.299 y quien pude ser localizado en la siguiente dirección: Barrio Zumurucuare, Calle Zulia, N ° 10, Coro Estado Falcón y YURIEL ALEXANDER CARRERA, Venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N ° 18.986.008 y quien pude ser localizado en la siguiente dirección: Barrio Zumurucuare, Calle Zulia, N ° 10, Coro Estado Falcón, por la presunta comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, de conformidad con lo previsto en el artículo 278 del Código Penal Venezolano, de conformidad con lo previsto en el artículo 1° y 314 del Código Orgánico proc.....