En consecuencia, considera quien aquí decide que se encuentran llenos los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este Tribunal Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Otorga el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL a favor del penado: EMILIO JOSÉ POLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.290.729, nacido en fecha 28-05-1957, hijo de Clemencia Polanco y de Atilio Antonio Marin, natural de Dabajuro. Estado Facón residenciado en la A.V. Principal las Piedras, Barrio las Salinas, Casa S/N, antes del muelle de las piedras, Punto Fijo. Estado Falcón, actualmente cumpliendo la pena de OCHO (08) AÑOS de prisión por la comisión del delito de Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo de conformidad con lo.....