este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la Fiscalía y Decreta en contra del ciudadano JOSE GREGORIO GOMEZ HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.298.080, mayor de edad, nacido en Coro Estado Falcón, de fecha 14/07/59, de 48 años, Casado, profesión u oficio Chofer, residenciado en Calle San Martín entre Garcés y Curvati, casa 25-45, de Coro Estado Falcón, la imposición de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica por ante éste Juzgado cada 30 días, por el presunto delito de Estafa en grado de Tentativa, previsto y sancionado en el Articulo 462, Ordinal 1°, en perjuicio de Ferretería Marcone. Se decreta la aplicación del procedimiento ordinario y se acuerda la remis.....