En razón de los motivos de hecho y de Derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el abogado VICTOR GARCIA VALLES inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 240.913, actuando con el carácter de apoderada judicial SAMUEL ANTONIO DE LEON, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedulad de identidad Nº V.- 9.523.347. contra el acto administrativo emanado de la inspectoria del Trabajo de Santa Ana de Coro del Estado Falcón; Providencia Administrativa Nº SPIL-016-2018 de fecha 06 de febrero de 2018, mediante la cual declaro con lugar la solicitud CALIFICACION DE DESPIDO incoado por la Abg. Abogada BRENDA B.....