Se hará saber a todos los órganos de investigaciones penales que, este Tribunal, por auto de esta misma fecha, acuerda la ORDEN DE APREHENSIÓN JUDICIAL en contra del ciudadano VLADIMIR RAFAEL LOPEZ GUILLEN, titular de la cedula N° V-18. 049.263, a quien se le sigue asunto asignado con número y letra IJO1-P-2003-000029, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado Ordinal 1º del Artículo 408, en perjuicio del ciudadano ALEJANDRO JOSE ORELLANES. todo de conformidad con el Ordinal 1º del Artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y el Artículo 262 ejusdem. Tan pronto como sea aprehendido dicho ciudadano, será informado del hecho que se le atribuye, de la autoridad que ha ordenado su detención y a la orden de quién estará, de acuerdo a lo establecido en el artículo 254 ejusdem, Debiendo observar las formalidades y principios establecidos en el artículo 117 c.....