Por todas las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: PRIMERO: Se declara sin lugar las excepciones de la defensa y la nulidad, admite la acusación fiscal interpuesta contra el ciudadano Imputado LUIS ANGEL PARRA, por los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVES y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD previstos y sancionados en los artículos 415 y 174, ambos del CODIGO PENAL y ROBO DE VEHICULO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1, 2 y 3 de la LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTORES en perjuicio del ciudadano RODRIGUEZ LUGO ALERI JOSE, se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por la Fiscalía y de la Defensa, solo se admite el Acta de reconocimiento en rueda de Individuos. SEGUNDO: Se admiten la calificac.....