Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 del Código Orgánico Procesal Penal, aprueba los Acuerdos Reparatorios presentados por las partes en conflicto y Decreta la Suspensión del Proceso, hasta tanto se de estricto cumplimiento a lo acordado y deja sin efecto las Ordenes de Aprehensión libradas en contra de los ciudadanos TAREK ZIAD ABOUL FERNANDEZ,, venezolano, mayor de edad, Domiciliado en esta ciudad de Coro, Estado Falcón y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 15.915.393 y JORGE SABBAGH, venezolano, mayor de edad, Domiciliado en esta ciudad de Coro, Estado Falcón y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.478.570, y de igual quedan sin efecto las medidas cautelares a las cuales se encuentra sometido el ciudadano LEONARDO AUGUSTO GUINTOLI CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, Domiciliado en esta ciu.....