En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en consecuencia de causa, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano GUILLERMO JOSE CARRILLO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.935.912, fallecido, solicitada por su cónyuge y heredera, ciudadana CARMEN INES GUTIERREZ DE CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.499.067, de este domicilio.
SEGUNDO: A los efectos de lo previsto en el artículo 506 del Código Civil y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena a los ciudadanos: Coordinador del Registro Civil, Seguridad y orden Público del Municipio Trinidad Samuel, y al Registrador Civil Principal del estado Falcón, estampar las notas marginales.....