DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, asentada en fecha 20 de diciembre de 1962, bajo el N° 165, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, correspondiente al año 1962, llevados por ante la Alcaldía del Municipio Carirubana, actualmente llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia Carirubana del Municipio Carirubana del estado Falcón. SEGUNDO: Se ordena estampar la debida nota marginal en el acta de estado civil, asentada en fecha 20 de diciembre de 1962, bajo el N° 165, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, correspondiente al año 1962, llevados por ante la Alcaldía del Municipio Carirubana, actualmente llevados por a.....