Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, visto el desistimiento efectuado por la parte actora y consentido por la parte demandada y siendo que esta ultima pago a la parte actora lo que le correspondía por concepto de prestaciones sociales consumándose una mediación positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras y el Artículo 133 de la Ley Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA MEDIACIÓN POSITIVA LOGRADA ENTRE LAS PARTES A CONSECUENCIA DEL DESISTIMIENTO MANIFESTADO EN FASE DE MEDIACIÓN, dándole efecto de Cosa Juzgada. Una Vez quede firme la presente decisión la causa s.....