"...DECISION
En merito de los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Medida Cautelar de SECUESTRO de los siguientes bienes;
1.- inmueble constituido por una Casa, ubicada en la Calle Garcés, entre Panamá y Chile de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubaba del Estado Falcón, tal como se evidencia de documento Protocolizado por ante la Oficina subalterna del Distrito Carirubana del Estado Falcón, en fecha 16 de noviembre de 1988, quedando registrada bajo N°- 45. Folio 140 al 142, Protocolo Primero Tomo 4 Principal Cuarto Trimestre del expresado año 1988...."