esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la Abogada IRENE TREMONT OCANDO, en su condición de Defensora Pública Tercera Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, actuando a favor de sus representados, ciudadanos HENRY JOSÉ LUGO MARÍN y ALBERT COTIZ, contra presunta omisión del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, de decidir sobre solicitud de sobreseimiento interpuesta por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, en el asunto N° IP01-P-2011-005929. Se omite la notificación del presente fallo a la parte accionante, por aplicación de doctrina jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.