este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 2, 3, 5, 7, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concatenación con el artículo 185 del Código Civil y la interpretación constitucionalizante proferida por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, a través de la sentencia Nº 693, de fecha 02/06/2015, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: GRASSIA CAROLINA DEROY FARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.047.371, y FRANKLIN OSCAR GUERRERO JORDAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.496.937, ambos de este domicilio, el segundo de ellos, representado judicialmente por la ciudadana ROSALINDA JORDAN DE GUERRER.....