´Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con base en los artículos, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil venezolano. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Reconocimiento de Documento Privado, intentada por los ciudadanos RONNY JOSE HERRERA COBIS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-15.558.967, y MELITZA ANTONIA HERRERA COBIS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-14.027.239, asistidos por el abogado en ejercicio Miguel Antonio Medina Chirinos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 51.071, contra la ciudadana OMAIRA COBIS PIRONA. En consecuencia, se ti.....