Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ZEUS CAROLS BARRIOS PEREIRA Y LOUYMAR BERMUDEZ GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.396.245 y V-11.801.819, respectivamente, domiciliados en Santa Ana de Coro, municipio Miranda, Estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil del Municipio Colina del estado Falcón, en fecha 19/12/1998. SEGUNDO: Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y remítase al Registro Civil Principal del Estado Falcón y al Registro Civil del Municipio Colina del estado Falcón, a los efectos de los artí.....