Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Conforme al artículo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Pernal, se Imponen MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, en concordancia con el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la Presentación cada QUINCE (15) días ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público a los ciudadanos: ALEXANDER JOSE CONIL, Venezolano, de 24 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 16.103.797, soltero, obrero, natural y residenciado en Dabajuro Sector La Encrucijada, Estado Falcón y YOVANNY ENRIQUE DIAZ BELLO, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.350.219, soltero, obrero, natural y residenciado en Dabajuro, sector el beneficio, casa S/N Estado Falcón, por la presunta comisión del del.....