Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Medidas Cautelares Sustitutivas, al Ciudadano: José Bernaldo Vargas Gómez, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.735.398, de conformidad con lo preceptuado, en el Articulo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: La inmediata libertad del imputado, plenamente identificado en autos, en virtud de habérsele acordado Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad. TRECERO: El procedimiento a aplicar es el Ordinario. Remítanse las actuaciones a la Fiscalia Primera del Ministerio Público. Notifíquese a las partes. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.
La Juez Quinta de Control
La Secretaria
Abg. Mercedes Farias. Abg. Marlenis Colina