Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelación, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN por el Fiscal Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y, en consecuencia, se ANULA EL FALLO proferido con ocasión de la celebración de audiencia preliminar publicada motivadamente en fecha 27 de agosto de 2004, celebrada en fecha 13 de agosto de 2004, donde se condena al Ciudadano Acusado IVO RAFAEL ARIAS VARGAS por el procedimiento de admisión de los hechos, por la comisión del delito de Homicidio Culposo en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de IRAIDA MARIA HERNANDEZ RIERA. (occisa), en consecuencia, a tenor de lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal SE REPONE la causa al estado de CELEBRACION DE NUEVA AUDIENCIA PRELIMINAR.
Se mantiene la Medida de Arresto Domiciliario ratificada en fecha 27 d.....