DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano CARLOS GERMAN ARIAS LEÓN, parte demandada, asistido por la abogada Aglenis Guevara, mediante diligencia de fecha 30 de junio de 2022.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia de fecha 22 de junio de 2022, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas. En consecuencia, se declara INADMISIBLE la demanda por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoada por los ciudadanos ISAMAR COROMOTO ARIAS, JOSÉ ENRIQUE ARIAS y JUAN MIGUEL ARIAS, contra el ciudadano CARLOS GERMAN ARIAS LEÓN.
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