DISPOSITIVA
Por lo que Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo. Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Declara: Admisible la Querella, formalmente interpuesta por el Ciudadano Ramón Humberto Díaz Altuve, Abg. En ejercicio, I.P.S.A N° 65193, en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano Alcides José Goitia Chirinos, venezolano, mayor de edad, Lic en Matemáticas, titular de la cédula de identidad N° V- 5.751.120, domiciliado en ésta Ciudad de Punto Fijo Estado Falcón. En contra del ciudadano Nelson Enrique Urbina Villamizar, Venezolano, Mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad personal número: V- 3.408.793, domiciliado en la Urbanización Zarabón calle 12, N° 2-46, Maraven, Municipio Carirubana del Estado Falcón. Por la presunta comisión del Delito de DIFAMACION, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, Venezolano, por tra.....