Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa, seguida en contra de los ciudadanos JAVIER JOSÉ LÓPEZ COELLO y ELOY SEGUNDO CHRINOS BOSCAN, antes identificados, con motivo de la presunta comisión de delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS, previsto y sancionado en el articulo 4222 ordinal 2 del Código Penal, en perjuicio de JULIANA GIMÉNEZ, DORALIS GIMÉNEZ y WENDY GIMÉNEZ, y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. GLORIA MAR.....