Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra JAIME SIERRA COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 10.708.263, con domicilio en Tacuato, Estado Falcón con motivo de la presunta comisión del delito Homicidio Culposo previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos, en perjuicio de la niña Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico procesal penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
ABG. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
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