Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con Sede en ésta ciudad de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley RESUELVE: PRIMERO. Como quiera que el Ministerio Público ha solicitado, se ordene la Destrucción de la Sustancia incautada en el presente asunto, y siendo que corre inserta experticia química practicada, en fecha 03/12/2001, y a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en sus artículos 117 y 119, se Ordena designar experto químico toxicólogo al Dtve. ZULEIMA MINDIOLA, analista químico, adscrito al Departamento de Criminalística del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas con sede en la ciudad de Coro. SEGUNDO. Se Ordena Notificar a la Coordinación de Drogas Medicamentos y Cosmético.....