En razón de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley: DECRETA al ciudadano JORGE ALEJANDRO ARCAYA YAGUA, titular de la cédula de identidad Nº 18.157.596; la Libertad plena y sin restricciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Pena. Se acuerda el procedimiento ordinario, establecido en el último aparte del Artículo 373 ejusdem. Notifíquese a las partes la presente decisión. Regístrese. Publíquese y Cúmplase lo ordenado. En Punto Fijo a los veintisiete (27) días del mes de Junio de 2009. A los días 199º de la Independencia y 150 de de la Federación.